Para las actividades establecidas antes de la vigencia de esta Ley, se les otorgará plazo Por - 11 septiembre, 2020. Web01/09/2023. Índice interactivo de la normativa ambiental de Bolivia ver más ... Reglamenta la aplicación de la Ley 1493, de 17/12/2022 - Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2023. ARTICULO 96º.- Las autoridades a que se hace referencia en el artículo anterior estarán facultadas para requerir de las personas naturales o colectivas, toda información que conduzca a la verificación del cumplimiento de las normas prescritas por esta ley y sus reglamentos. La mencionada Resolución, será fundamentada técnicamente y en caso de verificarse contravenciones o existencia de daños, la Secretaría del Medio Ambiente solicitará ante el Juez competente la imposición de las sanciones respectivas y resarcimiento de daños. Promover y fomentar la investigación y el desarrollo científico y tecnológico naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida CAPITULO III 1. Como referencia para el país establece el listado de Naciones Unidas. Se nacionales e o de origen. Our partners will collect data and use cookies for ad targeting and measurement. doméstico del propietario de la tierra amparado por título de propiedad, causando daño y WebPublicada en la Gaceta Oficial de Bolivia el 15 de Junio 1992 REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 1333 DEL MEDIO AMBIENTE REGLAMENTO GENERAL DE GESTION AMBIENTAL ... municipal y local, relacionados con la problemática ambiental, deben adecuar sus estructuras de organización a fin de disponer de una instancia para los … ARTICULO 93º.- Toda persona tiene derecho a ser informada veraz, oportuna y suficientemente sobre las cuestiones vinculadas con la protección del medio ambiente, así como a formular peticiones y promover iniciativas de carácter individual o colectivo, ante las autoridades competentes que se relacionen con dicha protección. HERNÁN CLAVEL SALAZAR ADOLFO PEÑARANDA BASCOPÉ FUNDAMENTOS PARA EVITAR QUE EL ACTUAL SISTEMAPROCESAL LABORAL … habitantes y efectos nocivos a la propiedad pública o privada. Optimización y racionalización el uso de aguas, aire suelos y otros recursos naturales Ambiental y de Control de Calidad Ambiental (SNCCA); f) interconectar los sistemas de información ambiental propios de los niveles nacional, departamental y municipal; g) articular e interconectar la información con el Sistema Nacional de Información Estadística. producción, industrialización y comercialización, así como también y en coordinación con los será sancionado con la privación de libertad de uno a tres años y multa equivalente al cien por CAPITULO IV DE LA EVALUACION DE IMPACTOS AMBIENTALES ARTICULO 24º.- Para los efectos de la presente Ley, se entiende por Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) al conjunto de procedimientos administrativos, estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto puedan causar sobre el medio ambiente. ARTICULO 10º.- Los Ministerios, organismos e instituciones públicas de carácter nacional, departamental, municipal y local, relacionados con la problemática ambiental, deben adecuar sus estructuras de organización a fin de disponer de una instancia para los asuntos referidos al medio ambiente. planes de restauración de suelos de uso agrícola en las distintas regiones del país. CAPITULO V DE LOS ASUNTOS DEL MEDIO AMBIENTE EN EL CONTEXTO INTERNACIONAL ARTICULO 29º.- El Estado promoverá tratados y acciones internacionales de preservación, conservación y control de fauna y flora, de áreas protegidas, de cuencas y/o ecosistemas compartidos con uno o más países. la presente Ley le confiere. WebLa Ley del Medio Ambiente Ley 1333 promulgada el 27 de abril de 1992 y publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia el 15 de Junio 1992, en actual vigencia es decarácter general y … WebFuente: Gaceta Oficial de Bolivia Aplicación: D-Lex Bolivia Gratuita Ver Modo oscuro LEY No 1333 del 27 de Abril de 1992 Resúmen: La presente Ley tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la … WebARTICULO 8º Para efectos del presente Reglamento tienen validez las siguientes siglas y definiciones: a. Siglas: LEY: Ley del Medio Ambiente Nº 1333, de 27 de abril de 1992. ciento del valor de éstas. Cuando el funcionario o servidor público sea autor, encubridor o cómplice ARTICULO 51º Para la elaboración y puesta en vigencia de los instrumentos normativos de la gestión ambiental, el Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente y el Organismo Sectorial Competente deberán tomar en cuenta en forma coordinada los parámetros siguientes: a) justificación; b) estudio técnico-científico que sustente su aprobación; c) dictamen, favorable emitido por el Consejo de Desarrollo Nacional. que puedan causar daños a la salud, al medio ambiente, molestias a la comunidad o sus ARTICULO 28º.- La Secretaría Nacional y las Secretarías Departamentales del medio ambiente, en coordinación con los organismos sectoriales correspondientes, quedan encargados del control, seguimiento y fiscalización de los Impactos Ambientales, planos de protección y mitigación, derivados de los respectivos estudios y declaratorias. 2. Asimismo, en coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente correspondiente apoyarán la ejecución de programas y proyectos que tengan el propósito de preservar y conservar el medio ambiente y los recursos naturales. Agropecuarios y la Secretaría Nacional del Medio Ambiente, en coordinación con los sectores introducción o transporte en territorio nacional de desechos tóxicos peligrosos, radioactivos y y de formación técnica y profesional en la perspectiva de contribuir al logro del desarrollo EL AMBIENTE: es todo aquello que nos rodea, que forma parte de nuestro entorno, LEY No. ARTICULO 70º El MDSMA, en la formulación y puesta en vigencia de cada uno de los instrumentos económicos de regulación ambiental propuestos, deberá establecer un proceso de evaluación técnico-económica en el cual participen los organismos de los sectores públicos y privados involucrados. ARTICULO 49º.- La industria forestal deberá estar orientada a favorecer los intereses nacionales, potenciando la capacidad de transformación, comercialización y aprovechamiento adecuado de los recursos forestales, aumentando el valor agregado de las especies aprovechadas, diversificando la producción y garantizando el uso sostenible de los mismos. ARTICULO 91º.- Los programas, planes y proyectos de participación a realizarse por organismos nacionales, públicos y/o privados, deben ser objeto de incentivos arancelarios, fiscales o de otra índole creados por Leyes especiales. cumplimiento de las obligaciones contempladas en los planes de manejo. El Estado creará los mecanismos y procedimientos necesarios para garantizar: 1.- La participación de comunidades tradicionales y pueblos indígenas en los procesos del desarrollo sostenible y uso racional de los recursos naturales … a la problemática ambiental, de acuerdo a reglamentación. CAPITULO VI DE LA FLORA Y LA FAUNA SILVESTRE ARTICULO 52º.- El Estado y la sociedad deben velar por la protección, conservación y restauración de la fauna y flora silvestre, tanto acuática como terrestre, consideradas patrimonio del Estado, en particular de las especies endémicas, de distribución restringida, amenazadas y en peligro de extinción. Promoción de la conservación de la diversidad biológica garantizando el Las universidades autónomas y privadas orientarán sus programas de estudio WebView full document. cultural y las necesidades de conservación del país. sostenible. 20: DE LAS ACTIVIDADES Y FACTORES SUSCEPTIBLES DE DEGRADAR EL MEDIO AMBIENTE a) Los que contaminan el aire, las aguas en todos sus estados, el suelo y el subsuelo. vegetales. Las áreas protegidas son patrimonio del Estado y de interés público y ARTICULO 114º.- Los delitos tipificados en la presente Ley son de orden público y serán procesados por la justicia ordinaria con sujeción al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal. CAPITULO VI DE LOS ORGANISMOS SECTORIALES COMPETENTES ARTICULO 12º Los Organismos Sectoriales Competentes, en coordinación. Las pasturas naturales situadas en las alturas y zonas inundadizas, utilizadas con fines ARTICULO 28º El Sistema Nacional de Información Ambiental tiene los siguientes fines y objetivos: a) organizar la metodología de registro y de colecta de todas las informaciones transmitidas por los centros departamentales; b) recopilar, sistematizar, concentrar y armonizar los informes, medidas y documentos nacionales relacionados con medio, ambiente; c) ordenar y registrar documentos e informes científicos, técnicos, jurídicos y económicos de países extranjeros y de organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales; d) distribuir y difundir la información obtenida a las personas naturales o colectivas, públicas o privadas que la requieran; e) articular la información del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto. 1333. ley del medio ambiente promulgada el 27 de abril de 1992 publicada en la gaceta oficial de bolivia el 15 de junio 1992. reglamentacion de la ley nº 1333 del medio ambiente reglamento general de gestion ambiental reglamento en materia de contaminacion hidrica reglamento para actividades con sustancias peligrosas ARTICULO 16º.- Todos los informes y documentos resultantes de las actividades científicas y trabajos técnicos y de otra índole realizados en el país por personas naturales o colectivas, nacionales y/o internacionales, vinculadas a la temática el medio ambiente y recursos naturales, serán remitidos al Sistema Nacional de Información Ambiental. recursos naturales con la participación directa de las comunidades tradicionales y Formular y dirigir la política nacional del Medio Ambiente en concordancia con la política general y los planes nacionales de desarrollo y cultural. 76 y 77 de la LEY, promover, formular y ejecutar, en el ámbito de su jurisdicción, el Plan Ambiental Municipal, debiendo para el efecto coordinar con el Prefecto y la instancia Ambiental dependiente de éste. del Art. La mencionada la restauración de las zonas afectadas. CAPITULO V DEL PASIVO AMBIENTAL ARTICULO 46º Para efecto del presente Reglamento se entiende por pasivo ambiental: a) el conjunto de impactos negativos perjudiciales para la salud y/o el medio ambiente, ocasionados por determinadas obras y actividades existentes en un determinado período de tiempo; b) los problemas ambientales en general no solucionados por determinadas obras o actividades. El rescate, difusión y utilización de los conocimientos sobre uso y manejo de Este documento tiene carácter de Licencia Ambiental. e) Las acciones directas o indirectas que producen o pueden producir el deterioro ambiental en forma temporal o permanente, incidiendo sobre la salud de la población. CAPITULO V DE LOS DELITOS AMBIENTALES ARTICULO 103º.- Todo el que realice acciones que lesionen deterioren, degraden, destruyan el medio ambiente o realice actos descritos en el artículo 20º, según la gravedad del hecho comete una contravención o falta, que merecerá la sanción que fija la Ley. privación de libertad de hasta dos años. efectuarse manteniendo su capacidad productiva, aplicándose técnicas de manejo que eviten la protección y conservación del medio ambiente. WebCAPITULO I. OBJETO DE LA LEY. Normar, regular y fiscalizar las actividades de su competencia en coordinación con las Las funciones básicas de dichos centros serán recopilar información, registrar, organizar y actualizar todos los datos sobre el medio ambiente y los recursos naturales en el departamento. Los mecanismos de coordinación y concertación intersectorial, ARTICULO 69º El MDSMA podrá suscribir acuerdos sectoriales con las asociaciones o gremios de los sectores productivos, como mecanismos de concertación para establecer bases, metas y plazos en torno a la aplicación de instrumentos económicos específicos de regulación ambiental e incentivos. Departamentales. ARTICULO 63º La Autoridad Ambiental Competente deberá llevar un registro donde se asentarán correlativamente las Licencias Ambientales otorgadas, su vigencia y sus condicionantes. estructuras de organización a fin de disponer de una instancia para los asuntos referidos al medio CAPITULO III DE LOS PROBLEMAS AMBIENTALES DERIVADOS DE DESASTRES NACIONALES ARTICULO 22º.- Es deber del Estado y la sociedad la prevención y control de los problemas ambientales derivados de desastres naturales o de las actividades humanas. La Ley del Medio Ambiente Ley 1333 promulgada el 27 de abril de 1992 y publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia el 15 de Junio 1992, en actual vigencia es de carácter general y no enfatiza en ninguna actividad específica. CAPITULO III DE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y SUS PROCEDIMIENTOS ARTICULO 99º.- Las contravenciones a los preceptos de esta Ley y las disposiciones que de ella deriven serán consideradas como infracciones administrativas, cuando ellas no configuren un delito. 223º del Código Penal, cuando destruya, deteriore, sustraiga o exporte bienes pertinentes al dominio público, fuentes de riqueza, monumentos u objetos del patrimonio arqueológico, histórico o artístico nacional, incurriendo en privación de libertad de uno a seis años. GACETA OFICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA LEY N° 1333 LEY DEL 27 DE ABRIL DE 1992 JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: D E C R E T A: TITULO I … competentes, son responsables de la elaboración y mantenimiento de las cuentas patrimoniales, ARTICULO 80º.- Para los fines del artículo anterior el Ministerio de Previsión Social y Salud pública, el Ministerio de Asuntos Urbanos, el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y la Secretaría Nacional del Medio Ambiente en coordinación con los sectores responsables a nivel departamental y local, establecerán las normas, procedimientos y reglamentos respectivos. ARTICULO 112º.- El que deposite, vierta o comercialice desechos industriales líquidos sólidos o gaseosos poniendo en peligro la vida humana y/o siendo no asimilables por el medio ambiente, o no cumpla las normas sanitarias y de protección ambiental, sufrirá la pena de privación de libertad de hasta dos años. PROGRAMA DE PREVENCION Y MITIGACION: Conjunto de medidas, obras o acciones que se prevean a través del EEIA, y que el REPRESENTANTE LEGAL de un proyecto, obra o actividad, deberá ejecutar, siguiendo el cronograma aprobado, tanto en la fase de implementación como de operación y abandono a fin de prevenir, reducir, remediar o compensar los efectos negativos que sean consecuencia del mismo. de la población. Una línea constante de preocupación por el medio ambiente y por la formación de instrumentos … MEDIO AMBIENTE Y SUS FACTORES EXTERNOS AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE: El Ministro de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente a través de la SNRNMA y de la SSMA a nivel nacional, y a nivel departamental los Prefectos a través de las instancias ambientales de su dependencia. La planificación del desarrollo nacional y regional del país deberá Para los fines de la presente Ley, se entiende por desarrollo sostenible, el La explotación de los recursos minerales debe desarrollarse considerando Para los fines de la presente Ley, se entiende por desarrollo sostenible, el proceso mediante el cual se satisfacen las necesidades de la actual generación, sin poner en riesgo la satisfacción de necesidades de las generaciones futuras. ARTICULO 55º.- Es deber del Estado preservar la biodiversificación y la integridad del patrimonio genético de la flora y fauna tanto silvestre como de especies nativas domesticadas, sí como normar las actividades de las entidades públicas y privadas, nacionales o internacionales, dedicadas a la investigación, manejo y ejecución de proyectos del sector. b) Apoyar el rescate, uso y mejoramiento de las tecnologías tradicionales adecuadas. Si del trámite se infiriese la existencia de delito, los obrados serán remitidos al medios prohibidos como explosivos, sustancias venenosas y las prohibidas por normas TITULO VIII DEL CONTROL AMBIENTAL CAPITULO I DE LA INSPECCION Y VIGILANCIA ARTICULO 86º La Autoridad Ambiental Competente realizará los actos de inspección y vigilancia que considere necesarios en los establecimientos, obras y proyectos en que decida hacerlo, a fin de verificar el cumplimiento de la ley, del presente Reglamento y demás instrumentos normativos de la gestión ambiental. WebLEY 1333 DE 2009 (julio 21) Diario Oficial No. ecosistemas del país. conjunto. realizan mediante la actividad pesquera u otras, serán normadas mediante legislación especial. ARTICULO 13º.- La Secretaría Nacional del Medio Ambiente queda encargada de la conformación de la Comisión para el Ordenamiento Territorial, responsable de su establecimiento en el país. WebFuente: Gaceta Oficial de Bolivia Aplicación: D-Lex Bolivia Gratuita Ver Modo oscuro LEY No 1333 del 27 de Abril de 1992 Resúmen: La presente Ley tiene por objeto la … Pertenecen al dominio originario del Estado todos los recursos naturales no Es de prioridad nacional, la promoción de acciones de saneamiento ambiental, garantizando los servicios básicos y otros a la población urbana y rural en general. ejecución de los mismos, se asignarán los recursos necesarios. 216° del, Comete delito contra el medio ambiente quien infrinja el Art. 5 del Reglamento General de Gestión Ambiental de la Ley del sancionado con la pena de privación de libertad de hasta diez años. e) Elevar ternas ante el Secretario Nacional del Medio Ambiente para la designación del Secretario Departamental del Medio Ambiente. CAPITULO V DEL MINISTERIO PUBLICO ARTICULO 11º La Autoridad Ambiental correspondiente solicitará al Ministerio Público que intervenga en la gestión ambiental, y éste actuará obligatoriamente en casos de denuncia y, de oficio, en los señalados por la Ley del Medio Ambiente, en defensa del interés colectivo, de la conservación del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales renovables. El Estado creará los mecanismos y procedimientos necesarios para reglamentación respectiva. Aspectos relativos a la formulación y establecimiento de políticas ambientales, procesos e instrumentos de planificación (PAA, POT y CPs). Es aconsejable que su llenado se haga en la fase de prefactibilidad, en cuanto que en esta se tiene sistematizada la información del proyecto obra o actividad. MA: Manifiesto Ambiental MDSMA: Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente PCEIA: Procedimiento Computarizado de Evaluación de Impacto Ambiental SNRNMA: Secretaría Nacional de Recursos Naturales y Medio Ambiente SSMA: Subsecretaría de Medio Ambiente ANTECEDENTES. El resarcimiento al Estado ingresará al Fondo Nacional para el Medio Ambiente y se destinará preferentemente a la restauración del medio ambiente dañado por los hechos que dieron lugar a la acción. ARTICULO 1. IMPACTO A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO: Aquel cuya incidencia puede manifestarse, respectivamente, dentro del tiempo comprendido en un ciclo anual, antes de cinco años, o en período superior. c) Los que alteran el patrimonio cultural, el paisaje y los bienes colectivos o individuales, protegidos por Ley. Fomentar la formación de recursos humanos y la actividad científica en la mismas, sufrirá la pena de privación de libertad de hasta dos años perdiendo las especies, las que Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. o propague epizootias y plagas vegetales. vigencia. Esta Resolución no admite ulterior recurso y causa estado. La producción agropecuaria debe ser desarrollada de tal manera que se FUTURO INDUCIDO: Desarrollo o crecimiento de actividades paralelas o conexas a un proyecto, obra o actividad, que puede generar efectos positivos o negativos. Prevenir, controlar, restringir y evitar actividades que conlleven efectos nocivos o peligrosos para la salud y/o deterioren el medio ambiente y los recursos naturales. Datos PersonalesPrimer … Esta Resolución determinará las acciones correctivas, la multa y el plazo de cumplimiento de estas sanciones. Creación y fortalecimiento de los medios, instrumentos y metodologías necesarias para el desarrollo de planes y estrategias ambientales del país priorizando la elaboración y mantenimiento de cuentas patrimoniales con la finalidad de medir las variaciones del patrimonio natural nacional. con el MDSMA y en el marco de las políticas y planes ambientales nacionales, participarán en la gestión ambiental formulando propuestas relacionadas con: a) normas técnicas sobre limites permisibles en materia de su competencia; b) políticas ambientales para el sector; c) planes sectoriales y multisectoriales que consideren la variable ambiental; d) la Ficha Ambiental informes sobre la categoría de EEIA de los proyectos, obras o actividades de su competencia; e) los EEIA o MA e informes al Prefecto para que emita, si es pertinente, la DIA o la DAA, respectivamente, de acuerdo con lo dispuesto por el RPCA. nacional. MDSMA: Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente SNRNMA: Secretaría Nacional de Recursos Naturales y Medio Ambiente SSMA: Subsecretaría de Medio … incorporar la dimensión ambiental a través de un proceso dinámico permanente y concertado entre ARTICULO 2º.- Para los fines de la presente Ley, se entiende por desarrollo sostenible el proceso mediante el cual se satisfacen las necesidades de la actual generación, sin poner en riesgo la satisfacción de necesidades de las generaciones futuras. ARTICULO 31º.- Queda prohibida la introducción, depósito y tránsito por territorio nacional de desechos tóxicos, peligrosos, radioactivos u otros de origen interno y/o externo que por sus características constituyan un peligro para la salud de la población y el medio ambiente. En la administración de las áreas protegidas podrán participar entidades públicas y privadas sin fines de lucro, sociales, comunidades tradicionales establecidas y pueblos indígenas. ARTICULO 57º La DAA es el documento emitido por la Autoridad Ambiental Competente por el cual se aprueba, desde el punto de vista ambiental, la prosecución de un proyecto, obra o actividad que está en su fase de operación o etapa de abandono, a la puesta en vigencia del presente Reglamento. ARTICULO 17º El MDSMA, las Prefecturas y los Gobiernos Municipales son responsables de coordinar con los organismos sectoriales, dentro del ámbito de su competencia y jurisdicción territorial, los asuntos de interés ambiental. por tres representantes del Poder Ejecutivo, tres de los Consejos Departamentales del Medio ecosistemas, la localización de asentamientos humanos y las necesidades de la Constituye prioridad nacional la planificación, protección y conservación cada uno de los Departamentos del país como organismos de máxima decisión y consulta a renovables, cualquiera sea su origen o forma de yacimiento, se encuentren en el subsuelo o suelo. La Secretaría Nacional del medio ambiente, en coordinación con los La Secretaría Nacional del Medio Ambiente y/o las Secretarías TITULO VI DE LOS INSTRUMENTOS ECONOMICOS DE REGULACION AMBIENTAL CAPITULO I DE LOS INSTRUMENTOS ECONOMICOS DE REGULACION AMBIENTAL ARTICULO 66º El MDSMA propondrá, a las instancias que correspondan, los instrumentos económicos de regulación ambiental, los mismos que conformarán el sistema de instrumentos económicos de regulación ambiental destinados a coadyuvar la consecución de los objetivos de la Ley del Medio Ambiente. CAPITULO IV DE LOS GOBIERNOS MUNICIPALES ARTICULO 9º Los Gobiernos Municipales, para el ejercicio de sus atribuciones y competencias reconocidas por ley, dentro el ámbito de su jurisdicción territorial, deberán: a) dar cumplimiento a las políticas ambientales de carácter nacional y departamental; b) formular el Plan de Acción Ambiental Municipal bajo los lineamientos y políticas nacionales y departamentales; c) revisar la Ficha Ambiental y emitir informe sobre la categoría de EEIA de los proyectos, obras o actividades de su competencia reconocida por ley, de acuerdo con lo dispuesto en el RPCA; d) revisar los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental y Manifiestos Ambientales y elevar informe al Prefecto para que emita, si es pertinente, la DIA o la DAA, respectivamente, de acuerdo con lo dispuesto por el RPCA; e) ejercer las funciones de control y vigilancia a nivel local sobre las actividades que afecten o puedan afectar al medio ambiente y los recursos naturales; ARTICULO l0º Las organizaciones territoriales de base (OTB's), en representación de su unidad territorial, podrán: Solicitar información, promover iniciativas, formular peticiones, solicitar audiencia pública y efectuar denuncias ante la Autoridad Ambiental Competente sobre los proyectos, planes, actividades u obras que se pretenda realizar o se esté realizando en la unidad territorial correspondiente. ARTICULO 71º.- Las operaciones extractivas mineras, durante y una vez concluidas su actividad deberán contemplar la recuperación de las áreas aprovechadas con el fin de reducir y controlar la erosión estabilizar los terrenos y proteger las aguas, corrientes y termales. Normar y orientar las actividades del Estado y la Sociedad en lo referente a la protección del medio ambiente y al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a objeto de garantizar la satisfacción de las necesidades de la presente y futuras generaciones. Share. relación e impacto en todos los sectores vinculados al desarrollo, por lo que su protección y GONZALO TRIGOSOAGUDO MIRIAM ROXANA … Se garantiza el derecho de uso de los particulares sobre los recursos naturales Este documento tiene carácter de Licencia Ambiental. Son instrumentos básicos de la planificación ambiental: La Secretaría Nacional del Medio Ambiente queda encargada de la El MDSMA propondrá a los organismos sectoriales públicos y privados la formulación de incentivos financieros, tributarios, legales e institucionales orientados al cumplimiento de la gestión ambiental en el marco del desarrollo sostenible. Corresponde al Estado y a las instituciones técnicas especializadas: El Estado dará prioridad y ejecutará acciones de investigaciones social, debiendo ser administradas según sus categorías, zonificación y reglamentación en base a Los interesados tendrán derecho a exponer sus planteamientos en la forma más amplia. DEL MANIFIESTO AMBIENTAL ARTICULO 56º El Manifiesto Ambiental es el instrumento mediante el cual el Representante Legal de un proyecto, obra o actividad en proceso de implementación, operación, o etapa de abandono, informa a la Autoridad Ambiental Competente del estado ambiental en que se encuentren el proyecto, obra o actividad y si corresponde proponer un Plan de Adecuación. Como se advierte, luego de lo actuado en base a sus propios dictados, “a fin de dar continuidad a las actividades propias del proyecto”, en lugar de profundizar los estudios y completar los recaudos del bloque normativo ambiental básico en la especie (art. fase de inversión, deben contar obligatoriamente con la identificación de la categoría de La Secretaría Nacional del Medio Ambiente queda encargada de presentar en el plazo de 180 días su Estatuto Orgánico y la Reglamentaci6n de la presente Ley. El Fondo Nacional para el Medio Ambiente, en el mismo plazo presentará sus estatutos, reglamentos internos estructura administrativa y manual de funciones. conservación es tarea fundamental del Estado y la sociedad. científica y tecnológica en los campos de la biotecnología, agroecología, conservación de 100 de la LEY. Técnicos, de formación, capacitación, y actualización docente, de acuerdo con la diversidad MINISTRO: Ministro de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente. dedicadas a la investigación, manejo y ejecución de proyectos del sector. correspondiente, más el resarcimiento del daño causado.